Vender la empresa es, para muchos dueños, la decisión económica más grande de su vida. Y casi siempre se toma tarde: con la fecha de jubilación encima, sin nadie en la familia que quiera seguir y con las cuentas preparadas para Hacienda, no para un comprador. Esta guía está pensada para hacerlo con tiempo. Explica los pasos, los impuestos con la normativa vigente en 2026 y lo que pasa con la pensión, el local y los trabajadores.
Cuántos empresarios están cerca de la jubilación en España
Uno de cada cinco empresarios con asalariados tiene ya 60 años o más. Si se baja el corte a los 50, son más de la mitad. Son negocios que en los próximos años van a cambiar de manos, cerrar o pasar a los hijos.
Fuente: INE, Encuesta de Población Activa, 2.º trimestre de 2026 (publicada en julio de 2026). Empleadores: empresarios con asalariados. Autónomos sin asalariados: "empresario sin asalariados o trabajador independiente" en el INE. Cálculo propio a partir de los grupos de edad del INE.
La EPA cuenta personas, no empresas: un empresario con dos sociedades cuenta una vez. Aun así es el dato oficial más reciente sobre la edad de quienes dirigen negocios en España.
Cómo vender tu empresa al jubilarte, paso a paso
El orden importa más que la prisa. Estos son los pasos, en el orden en que conviene darlos.
Decide qué vendes y a quién
Si tienes una sociedad, puedes vender las participaciones (el comprador se queda con todo, deudas incluidas) o solo el negocio. Si eres autónomo, vendes el negocio: clientela, maquinaria, marca, existencias y, si se puede, el contrato del local. Piensa también en el comprador: un hijo, un empleado, un competidor o un inversor pagan cosas distintas.
Ordena las cuentas de los tres últimos años
Un comprador mira beneficio, deudas y dependencia de clientes. Separa los gastos personales de los de la empresa y documenta los contratos importantes. Esto se hace antes de buscar comprador, no durante la negociación.
Calcula un precio orientativo
Con el beneficio normalizado y el valor de los activos tendrás una horquilla. Más abajo explicamos cómo.
Prepara una ficha anónima
Sector, provincia, facturación, plantilla y motivo de venta, sin nombre. Protege a tus clientes, a tus empleados y tu posición si la venta no sale.
Busca comprador y filtra
Antes de enseñar números, un acuerdo de confidencialidad. Antes de enseñar clientes, una carta de intenciones con precio y condiciones.
Due diligence y contrato
El comprador revisa cuentas, impuestos, contratos, plantilla y licencias. Luego se firma el contrato de compraventa y, si hay participaciones o inmuebles, la escritura ante notario.
Transición
Pactar unos meses de acompañamiento al comprador sube el precio y la probabilidad de que la venta salga. Si piensas cobrar la pensión, revisa antes cómo encaja ese acompañamiento (lo explicamos en el apartado de la pensión).
Vender la sociedad o traspasar el negocio: qué cambia
| Vender las participaciones de la sociedad | Traspasar el negocio (autónomo o venta de activos) | |
|---|---|---|
| Qué se lleva el comprador | La sociedad entera, con sus contratos, deudas y riesgos | Los activos que se pacten: clientela, maquinaria, marca, existencias y el contrato del local |
| Quién paga impuestos | Tú, en tu IRPF, por la ganancia de las participaciones | Tú (o la sociedad, si es ella la que vende) por la ganancia de cada elemento |
| IVA e ITP | Exenta de IVA y de ITP, salvo algunos casos de sociedades cuyo activo es sobre todo inmobiliario | Sin IVA si se transmite el negocio completo; los inmuebles que van dentro pagan ITP |
| Trabajadores | Siguen en la misma empresa, no cambia nada | Pasan al comprador con sus derechos (artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores) |
| Licencias y contratos | Siguen a nombre de la sociedad | Hay que cambiar de titular cada licencia y ceder cada contrato |
Los compradores prefieren muchas veces comprar solo el negocio, para no heredar sorpresas. Los vendedores prefieren vender la sociedad, porque se van del todo y tributan una sola vez. Esa tensión se resuelve en el precio y en las garantías del contrato.
Impuestos al vender una empresa por jubilación en 2026
IRPF: cuánto se paga por la ganancia
La ganancia es el precio de venta menos lo que te costó (con las mejoras) y menos los gastos de la venta. Va a la base del ahorro del IRPF. La escala de 2026 es la que se aplica desde el 1 de enero de 2025:
| Ganancia (base del ahorro) | Tipo (Estado + comunidad) |
|---|---|
| Hasta 6.000 € | 19 % |
| De 6.000 a 50.000 € | 21 % |
| De 50.000 a 200.000 € | 23 % |
| De 200.000 a 300.000 € | 27 % |
| Más de 300.000 € | 30 % |
Muchas guías, y algunas respuestas de buscadores e IA, siguen diciendo que el tipo máximo es el 28 %. Era el de 2023 y 2024. Desde 2025 la parte de la ganancia que pasa de 300.000 € tributa al 30 %.
Ejemplo. Vendes las participaciones de tu sociedad por 400.000 € y te costaron 100.000 €. La ganancia es de 300.000 € y, sin otras rentas del ahorro, la cuota sale en 71.880 €. Si una parte del precio se cobra en años siguientes, puedes repartir la ganancia en los años de cobro cuando el último pago llega más de un año después de la venta (artículo 14.2.d de la Ley del IRPF).
Si eres autónomo y traspasas el negocio, la ganancia de la clientela, la maquinaria o el local también va a la base del ahorro. Las existencias que vendes, en cambio, son ingresos de tu actividad y tributan en la base general.
Exención si tienes más de 65 años y contratas una renta vitalicia
Es la ventaja fiscal más clara para quien se jubila, y la que antes se olvida. Si tienes más de 65 años y destinas el dinero de la venta a una renta vitalicia asegurada a tu favor, la ganancia queda exenta, con un máximo de 240.000 € reinvertidos en toda tu vida (artículo 38.3 de la Ley del IRPF). Sirve para participaciones, para un negocio y para cualquier otro bien.
- Plazo: seis meses desde la venta.
- La renta se contrata con una aseguradora, tú eres el beneficiario y debes comunicarle que es una reinversión por venta de bienes.
- Se cobra al menos una vez al año, empieza en el plazo de un año y no puede bajar más de un 5 % de un año a otro.
- Si reinviertes solo una parte del precio, la exención es proporcional. Si rescatas la renta antes de tiempo, pierdes la exención.
Siguiendo el ejemplo: vendes por 400.000 € con 300.000 € de ganancia y pones 240.000 € en una renta vitalicia. Reinviertes el 60 % del precio, así que queda exento el 60 % de la ganancia (180.000 €). Tributan 120.000 €, con una cuota de 26.480 €. Son 45.400 € menos que sin renta vitalicia.
Fuente: Ley 35/2006 del IRPF, art. 38.3, y Reglamento del IRPF (RD 439/2007), art. 42. BOE, texto consolidado a septiembre de 2026. Cálculo propio sin mínimo personal ni otras rentas del ahorro.
Si la empresa la tienes desde antes de 1995
Las participaciones compradas antes del 31 de diciembre de 1994 conservan los llamados coeficientes de abatimiento: la parte de la ganancia generada hasta el 19 de enero de 2006 se reduce un 14,28 % por cada año de antigüedad a 31 de diciembre de 1996 por encima de dos. Tiene un tope: solo se aplica mientras la suma de lo vendido con este régimen desde 2015 no pase de 400.000 €. No sirve para los bienes afectos a la actividad de un autónomo.
Fuente: Ley 35/2006 del IRPF, disposición transitoria novena. BOE, septiembre de 2026.
Donar la empresa a tus hijos en vida
Si la idea no es vender sino dejar la empresa a la familia, la ley estatal permite reducir el 95 % del valor en el Impuesto sobre Donaciones cuando se dona una empresa familiar al cónyuge o a los hijos (artículo 20.6 de la Ley 29/1987). Condiciones:
- Tienes 65 años o más, o una incapacidad permanente absoluta o gran invalidez.
- Si dirigías la empresa, dejas la dirección y el sueldo por dirigirla desde la donación. Seguir en el consejo de administración no cuenta como dirección.
- La empresa estaba exenta en el Impuesto sobre el Patrimonio y quien la recibe la mantiene diez años, con esa exención.
La donación que cumple estos requisitos tampoco genera ganancia en tu IRPF (artículo 33.3.c de la Ley del IRPF): el hijo se queda con tu valor de compra y la tributación se aplaza a cuando él venda. Varias comunidades suben la reducción al 99 %, entre ellas Madrid, Andalucía, Aragón, Galicia, Castilla y León, Extremadura, Murcia y La Rioja, y algunas cambian la edad o el plazo de mantenimiento. Mira la de tu comunidad en nuestra guía de planificación fiscal de la herencia.
Fuente: Ley 29/1987 del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, art. 20.2.c y 20.6; Ley 35/2006 del IRPF, art. 33.3.c; Ministerio de Hacienda, Tributación Autonómica. Medidas 2026 (actualizado a septiembre de 2026).
Si la empresa pasa por herencia
La misma reducción del 95 % existe en la herencia de la empresa familiar para cónyuge e hijos y, si no hay descendientes, para padres y parientes hasta el tercer grado (hermanos, tíos, sobrinos), con diez años de mantenimiento (artículo 20.2.c). Esperar a la herencia es una opción, pero deja la continuidad del negocio al azar. El relevo generacional en la empresa familiar se prepara en vida.
IVA e ITP en el traspaso del negocio
La venta de un negocio completo, capaz de funcionar por sí mismo, no lleva IVA (artículo 7.1 de la Ley del IVA). Si dentro van inmuebles, el comprador paga por ellos el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales al tipo de su comunidad. Si solo vendes máquinas sueltas o existencias, sí hay IVA.
¿Puedo cobrar la pensión si vendo mi empresa?
Sí. Lo que cobras por la venta no reduce la pensión contributiva de jubilación. Lo que la pensión no admite es que sigas trabajando, con algunas excepciones:
- Seguir como socio sin trabajar en la empresa es compatible con la pensión.
- Seguir trabajando o dirigiendo con sueldo te obliga normalmente a seguir de alta y suspende la pensión, salvo que uses la jubilación activa.
- Jubilación activa: exige haber retrasado la jubilación al menos un año tras la edad ordinaria. Desde el 1 de abril de 2025 cobras un porcentaje de la pensión según los años de retraso: 45 % con un año, 55 % con dos, 65 % con tres, 80 % con cuatro y 100 % con cinco o más. Sube 5 puntos por cada 12 meses seguidos en jubilación activa, hasta el 100 %.
- Autónomo con un empleado indefinido (con 18 meses de antigüedad, o uno nuevo sin relación laboral contigo en los dos años anteriores): cobra el 75 % si retrasó la jubilación entre uno y tres años.
- Trabajos por cuenta propia pequeños: si lo que ingresas en el año no supera el salario mínimo interprofesional anual, no cotizas y sigues cobrando la pensión entera.
Un aviso para quien cobra complemento a mínimos: la ganancia de la venta cuenta como ingreso a efectos de ese complemento, y si con ella superas el límite de ingresos del año, ese año lo pierdes.
Fuente: Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social, arts. 59, 213 y 214, en la redacción del Real Decreto-ley 11/2024 (vigente desde el 1 de abril de 2025). BOE, septiembre de 2026.
Cuánto vale mi empresa: una valoración orientativa
No hay una fórmula oficial. Se usan tres métodos y el precio acaba entre ellos:
- Múltiplo del beneficio. El más habitual en pymes. Se toma el resultado antes de intereses, impuestos y amortizaciones (EBITDA) y se multiplica por una cifra que depende del sector, del tamaño y del riesgo. Cuanto más depende el negocio de ti, más bajo es el múltiplo.
- Valor de los activos. Lo que valen hoy el local, la maquinaria y las existencias, menos las deudas. Marca el suelo del precio, sobre todo en negocios con poco beneficio.
- Descuento de flujos de caja. Lo que el comprador espera ganar en los próximos años, traído a hoy. Lo usan compradores profesionales y exige previsiones creíbles.
Antes de aplicar cualquier método hay que normalizar el beneficio: quitar gastos personales pagados por la empresa y ajustar tu sueldo al de un gerente de mercado. Si tú no te pagas sueldo, el comprador sí tendrá que pagar a alguien, y lo descontará.
Lo que más baja el precio: que todo dependa del dueño, que dos o tres clientes sean la mitad de la facturación, un contrato de alquiler del local que vence pronto y cuentas que no cuadran con la realidad.
Traspaso de negocio por jubilación: local, trabajadores y licencias
El contrato del local
Si el local es alquilado y el contrato se firmó con la Ley de Arrendamientos Urbanos de 1994, puedes ceder el contrato al comprador sin pedir permiso al propietario, salvo que el contrato diga otra cosa. Tienes que notificárselo de forma fehaciente en el plazo de un mes, y él puede subir la renta un 20 % (artículo 32). Muchos contratos de local limitan la cesión, así que léelo antes de poner precio.
Los trabajadores
Pasan al comprador con su antigüedad y sus condiciones, y vendedor y comprador responden juntos durante tres años de las deudas laborales anteriores al traspaso (artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores). Si en lugar de vender cierras por jubilación siendo autónomo, cada trabajador cobra un mes de salario (artículo 49.1.g).
Licencias y permisos
La licencia de actividad se cambia de titular en el ayuntamiento. En actividades reguladas (transporte, sanidad, alimentación, residuos) hay autorizaciones que no se transmiten solas: compruébalo antes de firmar, porque condiciona el precio.
Documentación para vender un negocio por jubilación
- Cuentas anuales e impuestos de los tres últimos años (sociedades o IRPF, IVA).
- Certificados de estar al corriente con Hacienda y con la Seguridad Social.
- Escrituras de la sociedad y libro de socios, si vendes participaciones.
- Contrato de alquiler del local o escrituras, y nota simple si hay inmuebles.
- Relación de trabajadores con antigüedad, salario y convenio.
- Licencias, autorizaciones y contratos con clientes y proveedores clave.
- Inventario de maquinaria y existencias.
Errores típicos al vender la empresa
- Empezar a buscar comprador el año de la jubilación. Con prisa se negocia peor.
- Enseñar clientes y cuentas antes de firmar un acuerdo de confidencialidad.
- Olvidar la renta vitalicia y dejar pasar los seis meses. Es la exención más rentable para mayores de 65 años.
- Seguir trabajando en la empresa tras jubilarte sin haber mirado la compatibilidad con la pensión.
- Poner el precio por lo que te ha costado construirla, no por lo que gana.
- Poner precio sin haber leído el contrato del local. Si no se puede ceder, el negocio vale menos.
Relevo generacional: cuando la empresa se queda en la familia
Vender a un tercero no es la única salida. Si un hijo o un sobrino quiere seguir, la donación con reducción del 95 % suele ser más barata que venderle, y el pacto de socios y el protocolo familiar evitan conflictos después. Lo contamos en relevo generacional en la empresa familiar. Si además del negocio hay un patrimonio que ordenar, mira nuestras guías de planificación patrimonial y de family office en España. ¿Te planteas crear una sociedad que agrupe tus participaciones antes de la sucesión? Lee sobre los beneficios de un holding empresarial.
Y si lo que buscas es invertir el dinero de la venta en activos reales, en Advisors AM publicamos también terrenos y edificios en venta y habitaciones de hotel en venta.
Preguntas frecuentes sobre la venta de empresas por jubilación
¿Cómo se vende una empresa por jubilación?
Primero se decide qué se vende: las participaciones de la sociedad o el negocio (local, clientela, maquinaria y marca). Después se ordenan las cuentas de los tres últimos años, se calcula un precio orientativo, se prepara una ficha anónima y se busca comprador entre familia, empleados, competidores e inversores. Con un interesado serio se firma una carta de intenciones, el comprador revisa la empresa (due diligence) y la operación se cierra ante notario. Lo sensato es empezar uno o dos años antes de la fecha en que quieres dejarlo.
¿Qué pasa si una empresa cierra por jubilación?
Si el empresario es una persona física (autónomo con trabajadores), su jubilación extingue los contratos y cada trabajador cobra una indemnización de un mes de salario (artículo 49.1.g del Estatuto de los Trabajadores), salvo que el negocio pase a otro titular, en cuyo caso los contratos siguen. Si la empresa es una sociedad, la jubilación del dueño no extingue nada: la sociedad sigue existiendo y, si se cierra, hay que disolverla y seguir el procedimiento de despido que corresponda.
¿Cómo se cierra una SL por jubilación?
La jubilación del socio no disuelve la sociedad. Para cerrarla, la junta acuerda la disolución con la mayoría exigida para modificar los estatutos (artículo 368 de la Ley de Sociedades de Capital), se liquida el patrimonio, se pagan las deudas, se reparte lo que queda entre los socios y se cancela la hoja en el Registro Mercantil. Antes de cerrar, compara con vender las participaciones: una SL con clientes y beneficios suele valer más viva que liquidada.
¿Qué derechos tengo si mi jefe se jubila y traspasa el negocio?
Si el negocio pasa a otro titular y sigue funcionando, el nuevo empresario se subroga en tu contrato: mantienes antigüedad, salario y condiciones (artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores). Si tu jefe es autónomo y cierra por jubilación sin traspasar, tienes derecho a un mes de salario de indemnización.
¿Cuánto hay que pagar a Hacienda por un traspaso de negocio?
Quien vende tributa en el IRPF por la ganancia (precio de venta menos valor de compra y mejoras, menos gastos), en la base del ahorro: 19 % hasta 6.000 €, 21 % hasta 50.000 €, 23 % hasta 200.000 €, 27 % hasta 300.000 € y 30 % por encima, con la escala vigente desde 2025. Si tienes más de 65 años y destinas el dinero a una renta vitalicia en seis meses, la ganancia queda exenta hasta 240.000 € reinvertidos. El traspaso del negocio completo no lleva IVA; los inmuebles que vayan dentro pagan ITP.
¿Qué pasa con los trabajadores cuando se traspasa un negocio?
Pasan al nuevo dueño con los mismos derechos. El artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores obliga al comprador a subrogarse en los contratos y en las deudas laborales y de Seguridad Social pendientes, y vendedor y comprador responden juntos durante tres años de las obligaciones anteriores a la venta. Por eso el comprador pide la situación de la plantilla antes de firmar.
¿Puedo cobrar la pensión si vendo mi empresa?
Sí. El dinero de la venta no reduce la pensión contributiva. Lo que es incompatible con la pensión es seguir trabajando en la empresa, salvo en jubilación activa, a tiempo parcial o con ingresos por cuenta propia por debajo del salario mínimo anual. Ojo si cobras complemento a mínimos: la ganancia de la venta cuenta como ingreso y puede hacerte perderlo ese año.
¿Hay ayudas para el relevo generacional o el traspaso de un negocio?
Algunas comunidades y diputaciones tienen programas públicos de transmisión de empresas que ponen en contacto a quien se jubila con quien quiere seguir el negocio, como NegoziON en Bizkaia. En impuestos, la ayuda más grande es la reducción del 95 % (99 % en varias comunidades) si donas la empresa a tus hijos con 65 años o más.
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